Murcia. Subvención agrupaciones de defensa sanitaria ganadera.
10 - 05 - 2022se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/624429)
Objeto.
La orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2022, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera (en adelante ADSG), para la realización de programas sanitarios de prevención, control, lucha y erradicación de determinadas enfermedades animales, cuyas bases reguladoras se encuentran contenidas en la Orden de 14 de junio de 2016 de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente (BORM de 18/06/2016).
Finalidad
La finalidad de estas ayudas es la compensación de los costes derivados de las actuaciones descritas en el apartado anterior frente a las enfermedades recogidas en el Anexo I de las bases reguladoras.
Actuaciones objeto de subvención.
Podrán ser objeto de financiación las actuaciones realizadas por las ADSG dirigidas a la ejecución de los programas sanitarios de prevención, control, lucha y erradicación de determinadas enfermedades animales descritas en el artículo 3.1 de las bases reguladoras.
En este sentido, de acuerdo a la Decisión número SANTÉ/VP/2020/ES/SI.2/823603 por la que se aprueban para España los programas anuales y plurianuales y la contribución financiera de la Unión para la erradicación, el control y la vigilancia de determinadas enfermedades de los animales y zoonosis, las cuantías unitarias máximas del apartado 1.A (Programa de erradicación de Brucelosis bovina, ovina y caprina) y 2.A (Programa de erradicación tuberculosis bovina) del Anexo VII de las bases reguladoras, se establece en un máximo de 1 € por muestra analizada de bovino, 0,50 € por muestra analizada de ovino y caprino y 1,0745 € por prueba diagnóstica de bovino.
Beneficiarios
Agrupaciones de defensa sanitarias ganaderas oficialmente reconocidas conforme al Real Decreto 842/2011, de 17 de junio en el ámbito de la Región de Murcia.
Bases reguladoras
Las bases reguladoras se encuentran en la Orden de 14 de junio de 2016 publicada en el BORM n.º 140 de fecha 18 de junio de 2016.
Financiación y cuantía de la ayuda
1. La concesión y pago de estas ayudas se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 17.05.00.712F.48002 proyecto de inversión 11163 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2022, por un importe total de 600.000,00 €. En cumplimiento del artículo 4.2 de las bases reguladoras, se dispondrá de la siguiente distribución presupuestaria:
a) ADSG de especies rumiantes: 420.000,00 € (70% del total de los fondos dispuestos)
b) ADSG de especies monogástricos, avícolas y piscícolas: 180.000,00 € (30% de los fondos dispuestos).
2. La cuantía a percibir por cada ADSG será como máximo el cien por cien del importe del presupuesto presentado por la ADSG solicitante para la presente convocatoria.
Presentación de solicitudes y plazo.
1. La solicitud normalizada se presentara de acuerdo con el modelo de impreso que figura en el Anexo I de la orden de convocatoria. Deberá ir acompañada de la documentación que la citada orden dispone.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BORM.
Criterios objetivos de concesión
La evaluación de las solicitudes se realizará por parte de la Comisión de Valoración contemplada en el artículo 7.3 de la Orden de 14 de junio de 2016, de acuerdo con los criterios objetivos de valoración dispuestos en el artículo 5 de la citada disposición.
La justificación de los gastos realizados se podrá presentar hasta el 15 de noviembre de 2022, mediante la memoria a que se refiere el artículo 10 de la Orden de bases reguladoras, acompañada del resto de documentación que en el mismo se dispone, así como del Anexo IV de la convocatoria.