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Vacuno

Normativa de pagos directos a la ganadería de carne 2013

Mediante un Real Decreto del ministerio de agricultura se ha procedido a modificar el R.D. 202/2012 de pagos directos a la agricultura y a la ganadería actualizando la normativa de cara a la campaña 2013 y siguientes.

España libre del serotipo 8 de la Lengua Azul

España ha procedido a declararse libre del serotipo 8 del virus de la lengua azul, en la comarca de Campo de Gibraltar (Cádiz) con efectos a partir del 15 de enero del 2013. De esta forma se considera erradicado el serotipo 8 en todo el territorio español.

Pagos directos a la ganadería 2013 y siguientes

Real Decreto 2/2013, de 11 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir de 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, para el año 2013 y siguientes, en lo referente a varios regímenes de ayuda.

Erradicación de enfermedades de los animales

Decisión de la Comisión, de 30 de noviembre de 2012, por la que se aprueban los programas anuales y plurianuales de erradicación, control y vigilancia de determinadas enfermedades animales y zoonosis presentados por los Estados miembros para 2013, así como la contribución financiera de la Unión

Enfermedades de los animales de declaración obligatoria

Decisión de la Comisión, de 27 de noviembre de 2012, por la que se modifican los anexos I y II de la Directiva 82/894/CEE del Consejo relativa a la notificación de las enfermedades de los animales en la UE

Subproductos animales no destinados al consumo humano

Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.

Modificación zonas restringidas serotipo 8 de Lengua Azul

España ha procedido a declararse libre del serotipo 8 del virus de la lengua azul, en todo su territorio salvo la comarca de Campo de Gibraltar, en la provincia de Cádiz, con efectos a partir del 14 de noviembre de 2012.

Declaración de zona estacionalmente libre

Para su conocimiento y efectos oportunos les informo que, teniendo en cuenta la información climatológica suministrada por la Agencia Estatal de Meteorología de España, los resultados obtenidos por el Programa Nacional de Vigilancia Entomológica y los datos históricos entomológicos disponibles desde el año 2003, España procede a declarar que, a partir del 15 de noviembre de 2012, se inicia el periodo estacionalmente libre de vectores en nuestro país tal y como se detalla en el documento adjunto. Se informará a la Comisión Europea y al resto de Estados Miembros del inicio de dicho periodo.

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