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La nueva extensión de norma de OIVE refuerza el compromiso por el trabajo conjunto en beneficio del sector

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 4 de julio la Orden del Ministerio de Agricultura por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional del Vino de España (OIVE) al conjunto del sector (Extensión de Norma)y se fija la aportación económica obligatoria, para realizar actividades de promoción e información del sector y sus productos, inteligencia económica, vertebración sectorial, investigación, desarrollo e innovación tecnológica, durante las campañas 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027, 2027/2028 y 2028/2029. 

  

Esta tercera extensión de norma para la Interprofesional del Vino de España supone una consolidación de la Interprofesional del Vino de España que ha cumplido su primera década de actividad. 

  

La nueva Extensión de Norma, que entrará en vigor este próximo 1 de agosto de 2024, establece dos tipos de aportación económica obligatoria tomando en consideración al conjunto de operadores de la cadena de valor del vino hasta su puesta en el mercado. 

  

Por una parte, una aportación económica de comercialización de vino envasado, con un importe de 0,18 euros/hl de vino vendido envasado en cualquier formato o volumen. Por otra, una aportación económica de comercialización de vino a granel, con un montante de 0,052 euros/hl de vino vendido a granel. 

  

En lo que respecta a las cantidades de vino destinadas a la elaboración de otros productos (sangría, tinto de verano, vinos aromatizados…), declarados en el cuadro de salidas como “operaciones propias” en el anexo III del Real Decreto 739/2015, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola, tendrán la consideración de vino vendido a granel a efectos de aplicación de la aportación económica. 

  

Ambos tipos se aplicarán a todo el vino comercializado en España destinado tanto al mercado doméstico como a exportación, independientemente del origen del mismo. Dicha aportación económica se devengará, con carácter general, en el momento de la salida del vino vendido de las instalaciones donde esté depositado, siempre que dicho movimiento se realice dentro del periodo de vigencia de la extensión de normas y con independencia del año de producción del vino.   

  

Exentas de pago 

  

Las salidas de vino con destino a destilación y a vinagrería no estarán sujetas a la aportación económica por no considerase como comercialización. También estarán exentas del pago de la aportación económica de extensión de normas las salidas de vino elaborado o envasado por encargo del propietario del mismo. En el caso de devoluciones comerciales que ya devengaron y pagaron la aportación económica, la siguiente comercialización quedará exenta del pago de la misma.

  

El pago del importe de las aportaciones económicas obligatorias se realizará en el plazo máximo de treinta días después de la emisión de la factura correspondiente a cada declaración obligatoria de vino establecida. Salvo aquellos productores cuya producción media anual de vino y mosto sea inferior a 1.000 hectolitros, que lo realizarán una única vez por año en un plazo máximo de treinta días después de la emisión de la factura correspondiente a la declaración obligatoria de vino del mes de agosto. 

  

Una de las novedades de esta nueva Extensión de Norma son las aportaciones económicas generadas con importes iguales o inferiores a 20 euros/campaña quedarán exentas de pago. 

  

Destino de los fondos recaudados 

  

A lo largo de las cinco campañas de vigencia de la presente extensión de normas se asignará, al menos, el 80% del total de las aportaciones a las acciones de promoción e información del sector del vino español y sus productos. La Orden establece que, en ningún caso, se destinará más del 10% de los recursos generados por la extensión de normas a las labores de coordinación, seguimiento, control de las distintas actuaciones a ejecutar, a la propia gestión de la extensión de normas y a la información a todos los operadores sobre la misma. 

  

Las acciones que se fijan en el texto están apoyadas en los ejes que establece la Estrategia del sector vitivinícola 2022-27. Entre ellas están la realización de campañas de promoción e información sobre los productos vitivinícolas y sobre el sector, tanto en el mercado interior como en el mercado exterior; la inteligencia económica que trata de continuar con la actividad de mejorar la información sectorial y facilitar el acceso a mercados exteriores para el vino y la cooperación internacional; la vertebración sectorial que comprende la mejora del funcionamiento interno del sector y fomento de la estabilidad en la cadena de valor del vino; la promoción de la I+D+i y formación retención del talento; y gestión y transparencia de la extensión de norma. 

  

Desde la OIVE se ha destacado que la nueva Extensión de Norma es un documento consensuado por el conjunto del sector vitivinícola” que sienta las líneas de actuación de la organización para las próximas cinco campañas vitivinícolas desde el próximo 1 de agosto, y hasta el 31 de julio de 2029”. Destacan que es “fiel reflejo de la unión de toda la cadena de valor del vino, producción, transformación y la comercialización, y refuerza el compromiso de todas las partes de seguir trabajando en acciones que beneficien al conjunto del sector vitivinícola español”. 

  

El nuevo texto, que fue aprobado por mayoría de sus organizaciones, sucede al ahora vigente, recoge el diseño de acciones a poner en marcha en beneficio del conjunto del sector y fija las aportaciones obligatorias de cuota a los operadores, que se mantienen en el mismo importe desde 2019. Como en la pasada norma, ésta también tendrá una duración de cinco años “lo que demuestra la continuidad de nuestro proyecto en un momento en el que cumplimos diez años”, señalan desde OIVE. 

  

  

Esta nueva hoja de ruta guiará los próximos pasos de la organización cuyo objetivo principal pasa por revalorizar los vinos de España, lograr una mayor competitividad en los mercados internacionales y un reparto equilibrado de dicho valor a lo largo de toda la cadena para asegurar su triple sostenibilidad, económica, social y medioambiental. 

  

Enlace a la orden

  

  

Fuente: Interprofesional del vino 

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