Saltar al contenido

FEGA. Publicado el listado de beneficiarios de la ayuda extraordinaria concedida a agricultores de tierras de cultivo de secano, y tomate de industria

  •  
  • El MAPA ha publicado una resolución con el listado de 131.488 titulares de explotaciones agrícolas productores de tierra de cultivo de secano, arroz y tomate de industria, que recibirán la ayuda extraordinaria por un importe total de 251,9 millones de euros para compensar por las dificultades debidas a la sequía y a la guerra en Ucrania. Las ayudas serán ingresadas en las cuentas bancarias de los agricultores en los últimos días de marzo o primeros días del mes de abril.
  •  
  • Esta cifra representa el 94 % del presupuesto total asignado a esta línea de apoyo, 268,7 millones de euros. Esta ayuda fue aprobada por el Gobierno mediante el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas.  
  •  
  • La ayuda beneficia a titulares de explotaciones agrícolas que sean elegibles para la percepción de las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC) en la campaña 2023 y que cuenten en su explotación con tierras de cultivo de secano, excluidos los pastos temporales; de regadío en zonas de cultivo tradicional del arroz o de superficie determinada para la ayuda asociada al cultivo de tomate de industria en las últimas campañas. 
  •  
  • El número de hectáreas subvencionables para la percepción de estas ayudas ha sido determinado de oficio por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), conforme a los criterios establecidos en la Orden APA/871/2023, de 20 de julio, que desarrolla el real decreto ley mencionado. 
  •   
  • La superficie subvencionable de tierras de cultivo de secano corresponde a las hectáreas de tierras, excluidos los pastos temporales, determinadas para la percepción de las ayudas directas correspondientes a la solicitud única de la PAC 2023. En el caso de la comunidad autónoma de Canarias, se ha tomado como referencia el número de hectáreas que figuren en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) a 30 de junio de 2023. 
  •  
  • Para estas tierras de cultivo de secano se ha establecido un máximo de 300 hectáreas subvencionables por cada beneficiario. 
  •  
  • Las superficies subvencionables de arroz y de tomate de industria corresponden a aquella en la que no se haya realizado siembra en el año 2023. 
  •  
  •  En este enlace a la página web del FEGA se pude consultar un documento de preguntas más frecuentes elaborado específicamente para estas ayudas, en donde se explica, entre otros aspectos, el cálculo de las superficies subvencionables para cada tipo de producto y se ilustra con diversos ejemplos. 
  •  
  •  Los importes unitarios definitivos establecidos por el FEGA son: 
  •   
  • 39,880605 euros por hectárea subvencionable de tierras de cultivo de secano, en las provincias clasificadas como zona de afectación alta por la sequía. 

  •  

  • 19,940303 euros por hectárea subvencionable de tierras de cultivo de secano, en las provincias clasificadas como zona de afectación media por la sequía. 

  •  

  • 186,109491 euros por hectárea subvencionable de arroz. 

  •   
  • 407,668408 euros por hectárea subvencionable de tomate de industria. 

  •  
  • No se conceden ayudas a los beneficiarios cuyo importe total a percibir sea inferior a 200 euros. 
  •  
  • Las zonas de afectación alta para las tierras de cultivo de secano establecidas en la Orden APA/871/2023 son las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana, Extremadura, La Rioja, Murcia y Navarra, y las provincias de Álava, Ávila, Salamanca y Segovia, así como el enclave de Treviño (Burgos). 
  •  
  • Las zonas de afección media son las comunidades autónomas de Illes Balears y Canarias, y las provincias de Burgos (salvo el enclave de Treviño), León, Palencia, Soria, Valladolid y Zamora. 
  •  
  • La relación de titulares de explotaciones agrícolas que recibirán estas ayudas, junto con el número de hectáreas elegibles y la cuantía de la ayuda a percibir se puede consultar en el tablón de anuncios de la sede electrónica del FEGA. 
  •  
  • La distribución por comunidades autónomas de estas ayudas es la siguiente: 
  •  
 
 
 
 
 
 

 

 
 
 
 
 

 

 
 
 
 
 

 

 
 
 
 
 

Comunidad Autónoma 

 
 
 
 

titulares de explotaciones 

 
 
 
 

Importe Total € 

 
 
 
 
 

Andalucía 

 
 
 
 

18.869                

 
 
 
 

38.473.897 

 
 
 
 
 

Aragón 

 
 
 
 

16.393                   

 
 
 
 

37.321.105 

 
 
 
 
 

Islas Baleares 

 
 
 
 

1.032                     

 
 
 
 

731.034 

 
 
 
 
 

Canarias 

 
 
 
 

35                       

 
 
 
 

15.151 

 
 
 
 
 

Cantabria 

 
 
 
 

12                           

 
 
 
 

5.981 

 
 
 
 
 

Castilla-La Mancha 

 
 
 
 

31.584 

 
 
 
 

67.658.623 

 
 
 
 
 

Castilla y León 

 
 
 
 

35.541 

 
 
 
 

61.960.408 

 
 
 
 
 

Cataluña 

 
 
 
 

10.130 

 
 
 
 

12.152.532 

 
 
 
 
 

Extremadura 

 
 
 
 

8.002 

 
 
 
 

15.613.069 

 
 
 
 
 

Madrid 

 
 
 
 

1.157                     

 
 
 
 

3.521.411 

 
 
 
 
 

Murcia 

 
 
 
 

1.191                     

 
 
 
 

1.988.648 

 
 
 
 
 

Navarra 

 
 
 
 

4.316                     

 
 
 
 

7.623.332 

 
 
 
 
 

País Vasco 

 
 
 
 

834                         

 
 
 
 

2.024.311 

 
 
 
 
 

La Rioja 

 
 
 
 

1.333                     

 
 
 
 

1.632.841 

 
 
 
 
 

C. Valenciana 

 
 
 
 

1.059                     

 
 
 
 

1.190.622 

 
 
 
 
 

TOTAL 

 
 
 
 

131.488 

 
 
 
 

251.912.965 

  • Nota: las ayudas se asignan a la comunidad autónoma en la que se gestiona la solicitud única de la PAC 2023. 

  • Los titulares que figuran en la resolución de concesión publicada son aquellos que aparecían en la provisional de 5 de febrero, se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no han presentado alegaciones sustanciales. 
  •  
  •  La resolución publicada recoge igualmente aquellos titulares a los que no se les ha realizado el pago por haberse detectado que no están al corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. En el plazo máximo de un mes se realizará una segunda comprobación para verificar si han subsanado las deficiencias y, si lo han hecho, podrán recibir la ayuda. 
  •  
  •  También se recoge en la resolución a una serie titulares a los que aparecían en la provisional de 5 de febrero pero se les ha desestimado la ayuda como consecuencia de una revisión de oficio por parte de la comunidad autónoma. 
  •  
  •  
  •  En el caso de titulares que hayan presentado alegaciones sobre aspectos relacionados con la zona de afectación, titulares de la explotación o número de hectáreas, éstas serán remitidas a las correspondientes comunidades autónomas para sus análisis. Posteriormente se procederá a la resolución de estas y, si procede, al pago de la ayuda. 
  •  
  •   
  • Más información en este enlace 
  •  
No a la comida falsa

Exige que se indique el origen en la etiqueta

Estamos inmersos en una iniciativa ciudadana para recoger firmas y decir NO a la comida falsa, Sí al origen claro en la etiqueta ¡Necesitamos tu apoyo!