Las modificaciones de la Circular 2020 frente a la correspondiente a 2019 son:
– Se han realizado las actualizaciones derivadas de la modificación del Real Decreto 1075/2014, que reduce de tres a una las vías para demostrar el requisito de agricultor activo tras la detección de la actividad excluida.
– Se ha introducido un nuevo apartado relacionado con el estudio de retroactividad que debe llevarse a cabo ante el incumplimiento del control previo de la actividad agraria.
– Se han introducido dos nuevos anexos. El primero incluye ejemplos de creación de condiciones artificiales sobre actividad agraria en el ámbito de las ayudas directas.
El segundo incorpora un modelo de declaración responsable de ausencia de conflicto de intereses para funcionarios.
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Con motivo de las circunstancias extraordinarias que concurren debido a la pandemia de COVID-19, se ha publicado la Orden APA/377/2020, de 28 de abril, por la que se amplía el plazo para la presentación de la comunicación de cesiones de derechos de pago básico y para la presentación de la renuncia al régimen de pequeños agricultores.
Las principales modificaciones respecto a la Circular 1/2020 correspondiente a la campaña 2020 radica en la adecuación de esta circular a los plazos establecidos en Orden APA/377/2020, se procede clarificar el concepto de fuerza mayor relacionado con la crisis sanitaria del COVID-19 en relación con el cumplimiento de los requisitos para los distintos tipos de cesión.
Y por último se incorporan medidas relacionadas con el conflicto de intereses, derivadas del Reglamento (UE) nº 1046/2018, del Parlamento europeo y del Consejo, sobre normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
Con motivo de las circunstancias extraordinarias que concurren debido a la pandemia de COVID-19, se ha publicado la Orden APA/377/2020, de 28 de abril, por la que se amplía el plazo para la presentación de la comunicación de cesiones de derechos de pago básico y para la presentación de la renuncia al régimen de pequeños agricultores.
Las principales modificaciones respecto a la Circular 3/2020 correspondiente a la campaña 2020 radica en la adecuación de esta circular a los plazos establecidos en Orden APA/377/2020, se procede clarificar el concepto de fuerza mayor relacionado con la crisis sanitaria del COVID-19 en relación con el cumplimiento de los requisitos de acceso a la reserva nacional.
Y por último se incorporan medidas relacionadas con el conflicto de intereses, derivadas del Reglamento (UE) nº 1046/2018, del Parlamento europeo y del Consejo, sobre normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
Se adjunta Circular 16-2020 figura agricultor