Saltar al contenido

PROTOCOLO BASE DE DATOS CIAS

De acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario, sólo los interesados que figuren en la Base de Datos CIAS como SUBVENCIONABLES en la fecha de entrada en vigor del Seguro Agrario tendrán derecho a percibir las subvenciones que les correspondan. Quienes no figuren como SUBVENCIONABLES en dicha fecha podrán formalizar la póliza, pero no tendrán derecho a la subvención.

Los interesados pueden consultar si se encuentran dados de alta en la Base de Datos CIAS, así como su estatus de SUBVENCIONABLE o NO SUBVENCIONABLE, introduciendo su NIF en la sección «Consulta rápida de NIF» de esta misma página.

Quienes no figuren en la Base de Datos CIAS podrán solicitar el alta según lo indicado en la sección «Solicitud de alta en la Base de Datos CIAS» de esta misma página. (https://servicio.mapama.gob.es/EnesaWeb/Consulta_Subvencionable)

Quienes figuren como NO SUBVENCIONABLES podrán solicitar la revisión de su inscripción según lo indicado en la sección «Revisión de la inscripción en la Base de Datos CIAS» de esta misma página.

No a la comida falsa

Exige que se indique el origen en la etiqueta

Estamos inmersos en una iniciativa ciudadana para recoger firmas y decir NO a la comida falsa, Sí al origen claro en la etiqueta ¡Necesitamos tu apoyo!