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UAGN inicia un proceso administrativo ante la CHE

La información concreta demandada por UAGN al presidente de la CHE, Xavier de Pedro, se refiere a  los puntos concretos  donde se han roto las motas de defensa del Ebro en la Comunidad Foral de Navarra, con motivo de las riadas de los años 2003, 2009, y 2013 y si son coincidentes o muy próximos;  informar, en su caso, en qué han consistido las obras de reparación efectuadas; y, finalmente, sobre las áreas de inundabilidad controlada temporal, proyectadas en el 2010 en Navarra, y si dichas áreas coinciden con las inundadas en las avenidas del 2003, 2009 y 2013.

            UAGN ha constatado que los puntos donde se rompen las motas son coincidentes riada tras riada y no han garantizado eficazmente la seguridad de las fincas y cultivos agrícolas, por lo que las recientes inundaciones de finales de enero se han convertido, de facto, en zonas de inundabilidad temporal, siendo responsable de ello la CHE por no realizar las obras necesarias para mejorar la resistencia e impermeabilidad de dichas motas.

            UAGN considera que las recientes inundaciones ponen de relieve que las reparaciones de las motas de protección tras las riadas consisten únicamente en su reconstrucción, sin criterios técnicos para que resistan mayores avenidas, ya que el reciente episodio de las avenidas ha demostrado que han sido insuficientes para garantizar la seguridad de las poblaciones colindantes, ni las infraestructuras agrarias ni los cultivos agrícolas.

            La pretensión de esta Organización es hacer responsable a la Administración de la evidente relación causa/efecto entre su deficiente actuación y las inundaciones de los campos de cultivo como consecuencia de la deficiente reparación e impermeabilización de las referidas motas de protección; deficiencia motivada con la pretensión de garantizar la seguridad de las poblaciones colindantes al cauce; actuación que origina daños a los agricultores que en modo alguno tienen el deber jurídico de soportar.

            UAGN entiende que dichos hechos exigen, conforme a lo establecido en nuestro ordenamiento jurídico, que la CHE, como organismo autónomo adscrito al Ministerio, asuma la responsabilidad que le corresponda para indemnizar a los damnificados por las riadas y consiguientes inundaciones de los campos de cultivo.                                                             

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