Estas ayudas para fomentar el asociacionismo entre cooperativas tienen como objetivo conseguir entidades más competitivas y eficientes. Entre las modificaciones aprobadas, se introducen nuevas finalidades y objetivos de carácter ambiental en la transformación, comercialización y desarrollo de los productos agrarios; y se refuerzan los mecanismos de moderación de costes.

El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto por el que se modifican las bases reguladoras de las ayudas para fomentar la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter suprautonómico, con la incorporación de nuevos aspectos que tienen como objetivo mejorar la eficacia de las mismas, así como su ejecución y control. Está previsto que en el año 2023 y 2024 se realicen sendas convocatorias de estas ayudas por un importe de 30 millones de euros en cada una de ellas.

En concreto se trata de una modificación del Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre, que establece las bases reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2022 para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter suprautonómico.

Esta línea de ayudas, creada para fomentar la integración de cooperativas agroalimentarias, tienen como finalidad conseguir entidades asociativas más eficientes y competitivas, basadas en la economía social, con una clara vocación de mercado y gran capacidad exportadora, y contribuir con ello a la sostenibilidad del sistema agroalimentario y al mantenimiento de nuestras zonas rurales. Las beneficiarias de estas ayudas son las Entidades Asociativas Prioritarias (EAP) y sus sociedades mercantiles.

Dentro del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2022, están previstas dos nuevas convocatorias más de ayudas, una en 2023 que se publicará en las próximas semanas, y otra en 2024 por un montante de 30 millones de euros cada una.

Entre las modificaciones aprobadas, se introducen nuevas finalidades y objetivos de carácter ambiental en la transformación, comercialización y desarrollo de los productos agrarios, lo que permitirá ampliar el ámbito de las operaciones amparables por las ayudas, que deben estar orientadas a la mejora de la eficiencia energética, incorporación de energías renovables y cogeneración y valorización de residuos y materiales de origen agrícola.

Asimismo, se refuerza el sistema para comprobar el cumplimiento de la moderación de costes; la prevención y lucha contra el fraude, y se incluyeel procedimiento de aplicación de los nuevos requisitos sobre elegibilidad respecto al cumplimiento del plazo de pago de proveedore. De igual manera, se precisa la redacción relativa a la incompatibilidad en la percepción de otras ayudas

Por otro lado, se introducen precisiones en la redacción de los gastos no subvencionables de los proyectos y se precisa y se actualizan los importes de los límites máximos subvencionables, adecuándolos a la variación del IPC.