La renta de referencia a que se refiere el apartado 12 del artículo 2 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, queda fijada para el año 2023 en la cuantía de 32.570,47 euros.
La presente orden tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2023.