
Modificación programa de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas
Real Decreto 698/2013 por el que se modifica el Real Decreto 2129/2008 por el que se establece el programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas

Modificación programa de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas
Real Decreto 698/2013 por el que se modifica el Real Decreto 2129/2008 por el que se establece el programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas

Actualizadas las normas de identificación y registro de ovinos y caprinos
Real Decreto 685/2013 por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina

Bulgaria notifica un foco de viruela ovina y caprina
La primera sospecha de la enfermedad la recibieron los servicios veterinarios búlgaros el pasado 19 de septiembre, al detectarse signos clínicos compatibles con la misma, en un rebaño localizado en el municipio de Stoilovo, región de Burgas, situado a 12 km. de la frontera turca

Ayudas específicas a los sectores ganaderos. Solicitudes presentadas en la campaña 2013
La aplicación del artículo 68 del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, de 19 de enero, permite a los Estados Miembros utilizar hasta un 10 % de sus límites máximos nacionales para el conjunto de las ayudas directas, destinado a conceder ayudas específicas para los sectores que se consideren especialmente sensibles

Los médicos tienen mejor concepto de la carne de cerdo que los consumidores
Los profesionales de la salud tienen una mejor percepción de la carne de cerdo que el resto de la sociedad, en cuanto a sus efectos sobre el organismo se refiere, y reconocen su responsabilidad en haber contribuido a generar una mala imagen

Reintroducción del serotipo 1 de la Lengua Azul en Córcega y situación en Cerdeña
Situación epidemiológicamente preocupante del serotipo 1 de la Lengua Azul en las islas de Cerdeña y Córcega

Prima por vaca nodriza: Animales y productores pagados en la campaña 2012
De conformidad con el artículo 111 del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, de 19 de enero, se concederá una prima a los productores que mantengan vacas nodrizas y que no vendan leche o que, aún vendiéndola, su cantidad de referencia individual (cuota láctea) disponible a 31 de marzo del año para el que se solicita la prima sea inferior o igual a 120.000 kg