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La junta de Adalucia asfixia a los agricultores en plena sequia

La falta de lluvias de la presente campaña han impedido que la mayoría de cereales de invierno completen su ciclo de cultivo, por lo que no serán cosechados y los agricultores se plantean la posibilidad de levantarlos. Ante las dudas planteadas, finalmente la Consejería de Agricultura ha publicado una instrucción que aclara la situación para esos cultivos.

La orden de condicionalidad vigente (orden de 22 de junio de 2011) indica que en las parcelas agrícolas de secano que han estado sembradas de cultivos herbáceos de invierno no se podrá labrar con volteo entre la fecha de recolección y el 1 de agosto. Sin embargo, la situación este año es que muchos agricultores ni siquiera van a llegar a cosechar puesto que, a consecuencia de la sequía, su cereal no ha alcanzado un desarrollo óptimo, y se plantean la posibilidad de levantar su cultivo.

Ante las consultas de muchos agricultores, los técnicos de Asaja Córdoba remitieron a principios del mes de abril la consulta sobre el levantamiento de los cultivos herbáceos de invierno a la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía. No ha sido hasta el mes de mayo cuando se ha recibido respuesta por parte de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, aclarando los posibles incumplimientos de la normativa de condicionalidad por levantamiento de cultivos con aperos de volteo, como por ejemplo la grada de discos y el arado de vertedera.

La instrucción señala que el levantamiento del cultivo mediante volteo en aquellas parcelas que no se va a recolectar se podrá realizar si el cultivo no ha llegado al estado de grano pastoso. Si se pretende voltear antes de que el cultivo alcance este estado, será necesario presentar en la Delegación Provincial/Oficina Comarcal Agraria correspondiente, una comunicación de levantamiento como mínimo 10 días antes del inicio del mismo. En ese plazo de 10 días, la administración podrá realizar las comprobaciones oportunas. Salvo notificación contraria, se podrá voltear al cabo de los 10 días. Una vez el cultivo haya alcanzado el estado de grano pastosos, se asemeja a recolección y por tanto no podrá voltearse hasta el 1 de agosto. Desde Asaja señalan que el plazo de la comunicación es excesivo para la fecha de publicación de la Instrucción, pues en las fechas en las que nos encontramos y con las altas temperaturas que estamos sufriendo, diez días son clave para el cambio de estado de los granos de los cultivos.

Es necesario aclarar que, cualquier apero que no voltee puede utilizarse siempre, y que esta restricción de la Condicionalidad es exclusivamente para los terrenos de Secano.

ASAJA CORDOBA sigue trabajando para modificar este año de sequía esta norma del volteo, y anuncia que va a solicitar a la Consejería de Agricultura, la excepcionalidad de esta norma debido a la sequía, así como que este año los controles de condicionalidad no se hagan sobre este aspecto, debido a que a la fecha de publicación de la Instrucción numerosos agricultores han efectuado las labores y porque el plazo de los diez días es difícil de cumplir para el resto.

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