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La Comunidad Valenciana formaliza un segundo paquete de ayudas para agricultores y ganaderos especialmentes afectados por la crisis de Ucrania.

La Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica publicó el pasado lunes una orden de bases de nuevas ayudas urgentes a las personas agricultoras y ganaderas de los sectores especialmente afectados como consecuencia de la invasión de Ucrania.

Ha activado este segundo paquete especial por valor de 5,5 millones de euros destinado a explotaciones del sector frutícola, especialmente del cultivo de caqui, níspero, frutales de hueso (melocotonero, ciruelo, albaricoque, nectarino y cerezo) y uva de mesa.

Cabe recordar que estas explotaciones se han visto gravemente perjudicadas por el incremento del precio de los insumos, por tratarse de un sector intensivo en el uso de energía, fertilizantes y fitosanitarios. Además, la subida del precio de la energía eléctrica afecta también a las comunidades de regantes, que necesitan la energía eléctrica para bombear las aguas subterráneas, conducirlas hasta las explotaciones agrarias y distribuirlas dentro de cada parcela.

Igualmente, se ha visto afectada una de sus principales vías de exportación: Ucrania y Bielorrusia, con lo que ha surgido la necesidad de buscar mercados alternativos, con la consecuente saturación de estos, lo que ha dado lugar a incurrir en pérdidas.

A su vez, las 177 explotaciones de pavos de engorde que tiene la Comunitat Valenciana se han visto sometidas a las mismas dificultades que el sector de la cría de broilers. 

El incremento de los costes de la apicultura (tanto para la hibernada como para la trashumancia) hacen necesario que las explotaciones apícolas cuenten con una ayuda excepcional para poder mantener su viabilidad.

Además de toda la información administrativa necesaria para solicitar las subvenciones, el importe máximo de la ayuda no podrá superar los 15.000 euros por persona o entidad titular de una explotación agraria/ganadera, con independencia de que se formulen varias solicitudes de ayuda en los términos establecidos en el artículo 7.2 de la presente orden. Para los agricultores, la ayuda por beneficiario y grupo de cultivo serán las siguientes:

Para las frutas

La ayuda por beneficiario y grupo de cultivo serán las siguientes:

 


Para los productores de pavos de engorde

La ayuda por beneficiariosegún la capacidad de la explotación será la siguiente:


Para los apicultores

la ayuda por beneficiario según la capacidad de la explotación será la siguiente:


Se adjunta
ORDEN 3/2023, de 31 de enero

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