La norma aplaza un año la entrada en vigor del plan de abonado y del asesoramiento técnico en fertilización
El Consejo de Ministros ha adoptado la modificación del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios. Entre las principales novedades, cabe destacar el aplazamiento de un año de la fecha de entrada en vigor de la obligación de elaborar un plan de abonado y de contar con un asesoramiento técnico en materia de fertilización
Los cambios incluidos responden a la necesidad de contar con el tiempo suficiente para la formación, difusión y disponibilidad de medios para la puesta en marcha de determinadas medidas contempladas en la norma.
Las nuevas fechas fijan la obligación de contar con un plan de abonado el 1 de enero de 2026 para las explotaciones en regadío en las que el cultivo se siembre o se plante entre el 1 de marzo y el 30 de junio, y el 1 de septiembre de 2026 para el resto.
El requisito de registrar todas las labores de fertilización en un cuaderno de explotación, que puede ser en papel o en formato digital, será preceptivo a partir del 1 de enero de 2026, con una serie de excepciones que se especifican en la norma.
El asesoramiento técnico obligatorio en materia de fertilización para las unidades de producción situadas en zonas declaradas vulnerables a la contaminación por nitratos será obligatorio un año después de las fechas anteriores, y dos años en el caso de las unidades de producción que se encuentran fuera de estas áreas.
Igualmente, se flexibilizan los requisitos relativos a la aplicación de estiércoles en determinadas zonas en donde no es posible hacerlo de forma localizada, excepto las parcelas inferiores a una hectárea que no sean colindantes con otros recintos de la misma explotación.
También se aclara cómo se computan los pastos comunales para el cálculo de la superficie de la explotación.
>El Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros ha sido publicado en el BOE del 22 de octubre de 2025.
