Podrán optar a estas subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el MAPA para la gestión de programas de cría, de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, que cumplan con los requisitos previstos en el artículo 4 y las obligaciones del artículo 5 del Real Decreto 794/2021, de 14 de septiembre. El extracto con la orden de la convocatoria fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 11 de noviembre.
Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones aquéllos a los que se refiere el artículo 4 del Real Decreto 794/2021, de 14 de septiembre, que cumplan los requisitos previstos en el artículo 4 y las obligaciones del artículo 5, para la realización de las actividades subvencionables establecidas en el artículo 12.
Dado que la tramitación de la solicitud se realiza de forma anticipada, el periodo para considerar los gastos como subvencionables abarcará como máximo del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2023. En caso de presentarse las solicitud después del 1 de enero de 2023 abarcará desde la fecha de solicitud hasta el 31 de diciembre de 2023.
Objeto.
Es objeto de la presente orden convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio de 2023, destinadas a las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas del Catálogo Oficial de razas de ganado de España del anexo I del Rea l Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre, previstas en el Real Decreto794/2021, de 14 de septiembre, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia, establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.
Bases Reguladoras.
Real Decreto 794/2021, de 14 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, y se convoca la selección de entidad colaboradora para los ejercicios 2022-2025.
Cuantía.
La cuantía estimada de la presente convocatoria es de un total de 4.750.000euros, con cargo a la aplicación presupuestaria (21.05.412C.781) de los Presupuestos Generales del Estado o a la que pueda sustituirla al efecto en los presupuestos generales del estado para 2023.
Plazo de Solicitud.
El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el próximo 12 de diciembre inclusive, y se podrán formalizar a través de la sede electrónica del MAPA: