Saltar al contenido

Canarias. Subvenciones destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas

La mejora de la calidad sanitaria, la agilidad comercial y la rentabilidad
de las explotaciones ganaderas requieren un alto nivel sanitario que solo puede lograrse mediante la colaboración del sector, tanto en la lucha y erradicación de enfermedades,como en el mantenimiento y creación de estructuras defensivas ante el riesgo de aparicióny difusión de enfermedades exóticas.

Por ello, el artículo 43 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, ya dispusoque las Administraciones Públicas, para fomentar la constitución de agrupaciones dedefensa sanitaria ganaderas, pudieran habilitar líneas de ayuda encaminadas a subvencionar los programas sanitarios.

Newsletter de Asaja

Suscríbete a nuestra newsletter semanal

Recibe toda la actualidad y las noticias que más te interesan directamente en tu correo electrónico