Asaja Córdoba ha informado de que la orden de módulos del IRPF publicada ayer en el BOE incorpora una de las medidas que la organización venía negociando con el Gobierno y que ya logró introducir en 2025. En concreto, se excluye del cómputo de los ingresos totales —a efectos de acogerse al Régimen de Estimación Objetiva (módulos) del IRPF— la compensación del Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca del IVA.
Con esta medida, se podrán beneficiar muchos productores, que podrán seguir tributando en el régimen de módulos del IRPF, dado que así no sobrepasarán el límite de los 250.000 euros de ingresos que se les exige para acogerse a él.
El Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP) en el IVA es un régimen simplificado de tributación que beneficia a agricultores, ganaderos y pescadores en España. Su objetivo principal es facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de quienes operan en este sector, aliviándolos de algunos requisitos contables y administrativos que implicaría el régimen general de IVA. El principal requisito para poder acogerse a este régimen es que los ingresos anuales por la actividad agrícola o ganadera no deben superar los 250.000 euros (sumando los ingresos de todas las explotaciones).
En lugar de cobrar IVA, los sujetos acogidos al régimen reciben una compensación forfait (fija) del 12% para los productos agrícolas y ganaderos, y del 10,5% para productos forestales. Esta compensación es abonada por los compradores de los productos, generalmente empresas o profesionales en el régimen general de IVA, y tiene como objetivo cubrir el IVA soportado en las compras y gastos del agricultor o ganadero.
Con esta medida de no inclusión de la compensación del IVA serán muchos los agricultores y ganaderos que podrán seguir tributando en este régimen especial, al que están acogidos casi un millón de contribuyentes en el sector.
La orden también recoge otras medidas a destacar como son:
- El mantenimiento para el ejercicio 2026 de “la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación”. Asimismo, se establece una reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos para todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad por el método de estimación objetiva.
- Se mantienen también las modificaciones que se establecieron en 2021 para los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica. Estas modificaciones se introdujeron para paliar el impacto de la sequía y del incremento de precios.
- Como se viene haciendo desde 2023, las ayudas directas desacopladas de la PAC se acumularán a los ingresos procedentes de los cultivos o explotaciones del perceptor en proporción a sus importes. Cuando el perceptor obtenga ingresos agrícolas y ganaderos inferiores al 25% del total, el índice de rendimiento neto será 0,56.
- Eliminación desde 2025 de la bonificación por gasóleo agrícola y fertilizantes, aplicada los tres años anteriores.
- Mantenimiento del límite máximo del volumen de compras en bienes y servicios en 150.000 euros, frente a los 250.000 euros de años previos.
Nueva reivindicación
Para ASAJA, esta última medida “es realmente incomprensible” con los incrementos de costes e insumos que soportan los agricultores y ganaderos, y que arrastran de años anteriores, por lo que la reducción del 35% en la factura de gasóleo y del 15% en fertilizantes es imprescindible que se mantenga.
ASAJA continuará trabajando para que los agricultores y ganaderos tengan una fiscalidad adecuada al desarrollo de su actividad. “Seguiremos reclamando que la reducción de la factura del gasóleo y de fertilizantes tenga continuidad, que la compensación del IVA del Régimen Especial en la ganadería pase del 10,5% al 12%, al igual que en agricultura, así como el incremento del límite del volumen de compras a 250.000 euros.”
