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Acuerdo entre Asaja Córdoba y Martínez-Echevarría Abogados para la reclamación de plusvalías municipales y cláusulas suelo

 La posibilidad de recuperar lo ingresado indebidamente por plusvalías municipales surgió a raíz de una reciente sentencia del Tribunal Constitucional, y exige que la plusvalía sea recurrida dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha en la que se recibió la liquidación. En los supuestos en los que el contribuyente haya autoliquidado el impuesto y no haya sido la administración local quien haya practicado la liquidación, también se puede solicitar la devolución de ingresos indebidos, siempre y cuando no se haya producido un incremento de valor real entre la fecha de compra y venta del bien, y que se trate de plusvalías superiores a 8.000 euros, existiendo entonces un plazo de cuatro años desde la autoliquidación para recurrirla.

No a la comida falsa

Exige que se indique el origen en la etiqueta

Estamos inmersos en una iniciativa ciudadana para recoger firmas y decir NO a la comida falsa, Sí al origen claro en la etiqueta ¡Necesitamos tu apoyo!

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