El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha anunciado que mantiene abierto, hasta el 21 de julio de 2025, el trámite de audiencia e información pública sobre el proyecto de Real Decreto que regula el procedimiento administrativo para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) –productos agroalimentarios vinculados a un territorio–.
Según ha informado el departamento que dirige Luis Planas, este proyecto también contempla la inscripción de las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) y las Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG) –productos que destacan por su método tradicional de producción– en el registro comunitario.
La nueva regulación incluye aspectos como las solicitudes de modificación de los pliegos de condiciones y su cancelación, así como los procedimientos de oposición a estas solicitudes durante la fase nacional.
Además, el Real Decreto regulará la oferta de vino y productos agrícolas con denominaciones de origen protegidas o indicaciones geográficas protegidas y actualizará determinadas cuestiones relativas al control oficial de estos distintivos de calidad de ámbito supraautonómico.
Desde el ministerio han resaltado que esta iniciativa responde a la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, que regula las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como las ETG y los términos de calidad facultativos.
El nuevo Real Decreto reemplazará al Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, con el objetivo de adaptar la normativa nacional a la nueva regulación europea, instrumentar los procedimientos de un modo más eficaz y reducir cargas administrativas.
«Además de regular el procedimiento nacional para las DOP e IGP cuyo ámbito territorial sea superior al de una comunidad autónoma y para las ETG, determinados preceptos serán también de aplicación como legislación básica a aquellas figuras de calidad diferenciada que se circunscriban a una sola comunidad autónoma y dependan administrativamente de su correspondiente administración», ha indicado el Ministerio de Agricultura.
Asimismo, la norma incluirá funcionalidades de coordinación entre las autoridades competentes de las comunidades autónomas y el MAPA, a través de la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada.