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La integración de los trabajadores y empresarios del Régimen Especial Agrario en el General traerá la equiparación con el resto de trabajadores e incentivos para mejorar la estabilidad del empleo

ASAJA Valladolid celebró ayer, en colaboración con la Tesorería General de la Seguridad Social, una jornada dedicada a informar sobre los importantes cambios que va traer la integración en el Régimen General de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial Agrario que entrará en vigor el próximo 1 de Enero de 2012.

Este cambio, que en Castilla y León afectará más de 16.000 personas, traerá consigo según los expertos la equiparación de los trabajadores del medio rural con el resto e incentivos para mejorar la estabilidad del empleo. 

La  Directora Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, Paula Roch Heredia, explicó esta mañana que las razones de esta  reforma son principalmente dos: la primera,  los desajustes en la protección social de los trabajadores agrarios por cuenta ajena que impiden su plena equiparación al resto de trabajadores por cuenta ajena. La segunda, la ausencia de incentivos para la producción agraria y el desarrollo de nuevas iniciativas que requieren mano de obra cualificada.

            Roch Heredia aclaró además, que uno de los objetivos de esta reforma es la efectiva equiparación de las prestaciones de los trabajadores mediante: el incremento de las bases de cotización, la cotización empresarial durante las prestaciones de corta duración y la cotización durante el periodo de inactividad para maternidad y paternidad.

            Otro objetivo que persigue esta reforma es promover la inexistencia de incrementos de costes perjudiciales para la competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias. “Por ello se pretende ampliar el periodo transitorio (2012-2031) y ofrecer beneficios en materia de cotización para incentivar la estabilidad en el empleo y una mayor duración de los contratos”. En definitiva, expuso Roch Heredia, se trata de compatibilizar la mejora de las prestaciones de los trabajadores y la contención de los costes empresariales.

La entrada en vigor de esta nueva reforma va suponer la introducción de las siguientes medidas:

          Desaparición del régimen Especial Agrario con fecha 31-12-2011.

          Cambio obligatorio de encuadramiento de los trabajadores que el 31 de diciembre figuren en el REA.

          Creación del Sistema Especial Agrario en Régimen Especial.

          Identificación de la situación de inactividad.

          Equiparación de empresarios en cuanto a obligaciones en el Régimen General.

          Necesidad de identificar las jornadas reales, realizadas y previstas.

 

La Ley 28/2011 de 22 de septiembre (BOE del 23), que entrará en vigor el próximo año, conllevará una serie de obligaciones generales comentó la Directora Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social. Para el empresario, el tener que comunicar en los mismos plazos establecidos por el régimen general las altas, bajas y variaciones de datos. “Con una excepción, (Articulo 3) si se contrata a trabajadores eventuales o fijos discontinuos el mismo día de la prestación de los servicios, el alta se puede presentar hasta en las 12 horas de dicho día si no fuera posible hacerlo antes”. Además, el empresario con esta nueva ley, deberá comunicar las jornadas reales realizadas y previstas.

            Por su parte, las obligaciones del trabajador serán estar de alta en el sistema Especial durante los periodos de inactividad salvo exclusión voluntaria solicitada, cotizar por los periodos de inactividad si procede y solicitar la reincorporación en los casos que procede.  

            El presidente de ASAJA Valladolid, Lino Rodríguez, comentó que esta reforma, que se acordó en el seno del Pacto de Toledo, satisface tanto a los trabajadores por cuenta ajena como a los empresarios del sector agropecuario porque ofrece más garantías y simplifica la contratación. Con la nueva Ley, explico Rodríguez, el trabajador por cuenta ajena sube su base de cotización que se adecua más a su salario real. “Antes se cotizaba en base a unos cálculos del Ministerio y ahora se cotizará más en función del salario real percibido, que es lo lógico y como se establece en el  Régimen General”.

            El presidente de ASAJA Valladolid también valoró de forma positiva el cambio en la regulación de las altas en el Régimen General de la Seguridad Social que a partir de ahora se podrán tramitar hasta las 12:00 horas del primer día de trabajo y no con carácter previo como sucedía antes. “Este aspecto va facilitar la contratación porque dispones de un margen. Antes  se producía un vacío legal con situaciones tan habituales como a la hora de contratar un grupo de 15 trabajadores para un trabajo, se presentaban 15 personas pero 5 no coincidían con las personas que habías contratado por lo que esas cinco no podían trabajar”.

Rodríguez manifestó además que considera importante la introducción del mantenimiento de la doble opción de cotización por parte de los empleadores, bien por bases diarias (jornadas) o por bases mensuales (al mes), así como el establecimiento definitivo del tipo máximo del 15,50 % en las cotizaciones por contingencias comunes, frente al 23,60% del régimen general. “El que el empresario pueda eligir si contrata por jornadas de trabajo o por el mes completo salva las reticencias del empleador que se encontraba con situaciones anómalas de tener que contratar a un trabajador durante todo el mes cuando el trabajo de campaña  duraba sólo 20 días”.

Por último, Lino Rodríguez resaltó la inclusión de una cláusula por la cual se incentiva el contrato fijo-discontinuo, algo especialmente necesario en un sector donde la temporalidad alcanza el 80% de las contrataciones, así como la posibilidad de que el trabajador se pueda jubilar de manera anticipada.

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