Modificación DOP CAVA
Se establece como requisito para la elaboración de CAVAS de GUARDA SUPERIOR (Reserva, Gran Reserva y Paraje Calificado) que el viñedo tenga certificado ecológico, estableciéndose un periodo de transitoriedad de cinco años para su efectiva aplicación, y que el viñedo tenga una edad mínima de 10 años.