FEGA. Ayudas asociadas para las explotaciones de vacuno de leche. Importe unitario provisional campaña 2021
29 - 03 - 2022El objetivo de estas ayudas es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones que mantienen vacas de leche y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva, y asimismo, con carácter específico en el caso de la Ayuda Asociada establecida en la Sección 7ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto, prestar un apoyo a los ganaderos de vacuno de leche que hayan sido titulares de derechos especiales en 2014, y que, en la solicitud única de cada campaña, no dispongan de hectáreas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico.
Para la ayuda sectorial establecida en Sección 4ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto, se diferencian dos líneas de subvención, según se trate de explotaciones situadas en la región España Peninsular o en la región Insular y Zonas de Montaña.
La dotación presupuestaria para la campaña 2021 queda establecida en el Anexo II del Real Decreto 1075/2014 y asciende a 58.973.000 € para la región España Peninsular y 30.645.000 € para la región Insular y zonas de montaña.
En cuanto la ayuda establecida en la Sección 7ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto, la dotación presupuestaria es de 2.185.000 €. En la presente campaña 2021, con objeto de poder abonar a los agricultores el pago del anticipo de la ayuda, el FEGA ha verificado de manera provisional el respeto a los límites presupuestarios y ha fijado los siguientes importes unitarios provisionales:
Advertir que, en virtud de lo establecido en el artículo 59 del citado Real Decreto, el importe unitario de los distintos sub-regímenes de ayuda a los ganaderos descritos en el Anexo II del Real Decreto 1075/2014 a percibir por los agricultores que no estén integrados en el Régimen simplificado de Pequeños Agricultores, se ha determinado se ha determinado teniendo en cuenta la dotación presupuestaria de cada una de ellos, una vez descontada la parte de la dotación correspondiente al citado régimen simplificado en 2021.
Las comunidades autónomas podrán realizar el pago de anticipo antes del 1 de diciembre de 2021 de estas ayudas al sector lácteo, que podrá alcanzar hasta el 70 % del pago total. Con posterioridad las comunidades autónomas comunicarán de nuevo al FEGA, antes del 15 de marzo de 2022, el número total de animales determinados para el pago de las ayudas, con objeto de poder calcular el importe unitario definitivo a aplicar, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con este importe unitario provisional.
En todo caso, recalcar el carácter provisional del importe unitario establecido de cara el pago del anticipo. Con la información que remitan las comunidades autónomas correspondiente al número total de animales determinados para el pago de la ayuda en marzo del año próximo, el importe unitario definitivo que se calcule a partir de estos nuevos datos podría variar respecto el importe provisional, y no siempre tendría que hacerlo al alza.
Fuente: FEGA