La Audiencia Nacional desestima íntegramente la petición realizada por una Asociación de mataderos consistente en la suspensión de la vigencia de la Orden AAA/1934/2012, de 3 de Agosto.

En su resolución, la Audiencia Nacional señala la prioridad del interés general sobre los intereses particulares. Asimismo, indica la ausencia de razones por las que la Extensión de Norma deba dejar de aplicarse y exigirse su cumplimiento.

La Extensión de Norma es una oportunidad única para el desarrollo de proyectos que contribuyan a la continuidad del conjunto del sector. 

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional dictó Auto declarando no haber lugar a la suspensión de la extensión de norma. En su resolución la Audiencia Nacional no ha examinado otras alegaciones que las de las impugnantes, ya que la Abogacía del Estado no consideró necesario realizar manifestación alguna a la vista de los argumentos planteados por los demandantes. 

La Sala rechaza de plano y por unanimidad la pretensión de la Federación Catalana de Industrias de la Carne (FECIC) y de otras quince empresas cárnicas de paralizar la Orden AAA/1934/2012, de 3 de Agosto, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional del Ovino y Caprino de Carne, indicando que ni existe apariencia de buen derecho en las pretensiones de las entidades demandantes ni se causa perjuicio alguno a las mismas por el mantenimiento de la vigencia de la extensión de norma. Afirma, además, que debe primar el interés general sobre el particular y que a tal fin sirve la norma impugnada. 

Este pronunciamiento, formulado por una de las más altas instancias judiciales de nuestro país, debería disipar cualquier duda que se pudiera albergar sobre el obligado cumplimiento de las obligaciones que la Orden AAA/1934/2012, de 3 de Agosto, establece para los diversos operadores del sector del Ovino y Caprino. 

Desde la Organización Interprofesional Agroalimentaria se valora muy positivamente el Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Entendemos que el hecho de no estimar ajustada a Derecho la suspensión de la Orden AAA/1934/2012, tal y como habían solicitado FECIC y sus asociados, demuestra que en la aplicación de la norma se plasma la prevalencia del interés general sobre cuestiones de interés particular, lo que configura a la Extensión de Norma como una oportunidad única para contribuir al desarrollo de los sectores del ovino y caprino de nuestro país, a través del fomento del consumo de sus productos y facilitando las iniciativas de investigación e innovación de estas producciones, que el sector considera prioritarias e imprescindibles para la continuidad, eficiencia y competitividad del conjunto de la cadena de valor del ovino y caprino español.