El Ministerio de Ministerio de Transportes, a propuesta del Ministerio de Agricultura, ha publicado la Orden TMA/279/2020,de 24 de marzo, por la que se establecen medidas en materia de transporte de animales, que amplía la vigencia de las autorizaciones establecidas en la normativa veterinaria sobre transporte de animales.


Concretamente declara la validez de autorizaciones de los transportistas, medios de transporte y contenedores, así como de los certificados de formación de los conductores o cuidadores cuya fecha de expiración se haya producido a partir del día 1 de marzo, hasta 120 días después de la finalización de la declaración del estado de alarma o prórrogas del mismo.

Asimismo los cuadernos de a bordo u hojas de ruta tendrán validez a pesar de no haber sido sellados por la autoridad competente hasta 7 días después de la finalización de la declaración del estado de alarma o prórrogas del mismo.

Se adjunta legislación.

Descargar archivo