El BOE publica hoy la Orden APA/377/2020, de 28 de abril, por la que se modifican, para el año 2020, diversos plazos establecidos en los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común. La presente Orden deroga la Orden APA/269/2020, de 19 de marzo, mediante la cual se amplió el periodo para la presentación de la solicitud única desde el 30 de abril hasta el 15 de mayo, dentro de los márgenes que establecían los reglamentos de la Unión Europea.


Como consecuencia de la situación excepcional generada por la crisis COVID19, la Comisión Europea publicó el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2020/501 de la Comisión, de 6 de abril de 2020, por el que se establecen excepciones a lo dispuesto en el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 809/2014 en lo que se refiere a la fecha límite de presentación de la solicitud única, las solicitudes de ayuda o las solicitudes de pago, a la fecha límite para la notificación de las modificaciones de la solicitud única o de la solicitud de pago y a la fecha límite de presentación de las solicitudes de asignación de derechos de pago o de incremento del valor de los derechos de pago en el marco del régimen de pago básico para el año 2020.

Este reglamento establece que la solicitud única, incluido el régimen de pago básico, se presentarán antes de la fecha que fijen los Estados miembros, que no podrá ser posterior al 15 de junio de 2020. Además, se establece que las modificaciones a la solicitud única se presentarán a más tardar el 30 de junio de 2020. También se adaptan las fechas de las distintas comunicaciones que las administraciones autonómicas deben realizar a la Administración central relativas a la gestión de la PAC en el territorio.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Se adjunta BOE
 

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