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El gerente y portavoz, Luis Carlos Valero, destaca entre otras cuestiones que los términos virgen y virgen extra solo se puedan utilizar para el aceite de oliva, y también el refuerzo de la prohibición de mezclar aceite de oliva con otros aceites


Asaja-Jaén valora positivamente la aprobación, por parte del Consejo de Ministros de ayer, de la norma de calidad del aceite de oliva y del orujo de oliva. Se trata de una reivindicación histórica del sector oleícola, ya que la anterior normativa databa de 1983. “Una vez que se ha aprobado esta normativa que recoge prácticamente todas las alegaciones que desde Asaja habíamos hecho, entendemos que esto va a venir a aclarar todas las cuestiones sobre el etiquetado y formas de trabajar con nuestro aceite frente a otro tipo de grasas. Esperemos que a través del desarrollo de esta normativa nuestros aceites consigan diferenciarse de una forma más nítida de cualquier otro tipo de grasa vegetal”, ha explicado Valero.

 

Entre otras cuestiones, el gerente y portavoz de Asaja-Jaén, Luis Carlos Valero, ha destacado de la medida que con el fin de evitar confusiones entre los consumidores, los términos “virgen” y “virgen extra”, denominaciones para el puro zumo de aceituna, solo se podrán utilizar para el aceite de oliva y no para ninguna otra grasa vegetal en el mercado español. También subraya el hecho de que se refuerce la prohibición de mezclar aceite de oliva con otros aceites. A partir de ahora, queda prohibido que alimentos que llevan en su composición aceite de oliva puedan destacarlo en la denominación de venta (si deberán hacerlo en la lista de ingredientes) con el fin de evitar engaños al consumidor. Por  ejemplo, los aliños o condimentos con base de aceite de oliva no podrán utilizar las menciones “aceite de oliva u orujo de oliva” en su denominación comercial.

 

En esta misma línea de garantizar a los consumidores un producto de máxima  calidad, se prohíbe en España la práctica conocida como ‘refrescado’, que consiste en mezclar aceites de oliva vírgenes de la campaña en curso con otros de campañas precedentes a fin de mejorar las características organolépticas del producto más antiguo. Por contra, afectaba a la durabilidad del aceite que se acortaba frente a la de los aceites de las campañas en curso. Se trata de una práctica permitida en la normativa anterior, de hace casi 40 años.

El sector demandaba esta actualización normativa en aras de una leal competencia entre todos los operadores. A partir de ahora, el sector oleícola contará con un plan nacional específico de control de trazabilidad, coordinado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y gestionado por las autoridades competentes de las comunidades autónomas. Se trata de un refuerzo  del control oficial en todo el sector que revertirá en más garantías para el  consumidor.  La búsqueda de la máxima transparencia también se va a reforzar con la publicación de informes de resultados de los controles de conformidad y de trazabilidad del producto. El acceso de los consumidores a estos informes es otro elemento para trasladarles la máxima seguridad sobre los productos que consumen.

Para promover la imagen del aceite de oliva virgen extra (AOVE), se elaborará un código de buenas prácticas de adhesión voluntaria, consensuado entre los ministerios de Agricultura y el de Consumo, así como con las asociaciones representativas del sector productor, de la industria, de la distribución y de los consumidores. Se recuerda que los envases dispuestos con aceite de oliva virgen extra para los consumidores finales en los restaurantes y colectividades deben ser irrellenables, con el objetivo de evitar prácticas fraudulentas.

Audio Luis Carlos Valero

 
www.dropbox.com/s/mb70uungclgbjbm/Luis%20Carlos%20Valero%2C%20norma%20de%20calidad.mp3


Fuente: Asaja Jaén