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Orden de 21 de julio de 2023, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional para el ejercicio 2023.



Beneficiarios: 

  

Las entidades asociativas de mujeres rurales previstas en el artículo 3 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que desarrollen actividades incluidas en el artículo 1 de dichas bases y que cumplan los contenidos y requisitos previstos en su artículo 5 y los criterios de valoración previstos en su artículo 6. 

 
Finalidad: 

  

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2023, destinadas a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, para la realización de actividades específicas de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el desarrollo rural. 

  

Bases reguladoras: 

Real Decreto 146/2019, de 15 de marzo, publicado en Boletín Oficial del Estado número 65, de 16 de marzo de 2019, modificado por Real Decreto 810/ 2020, de 8 de septiembre, publicado en Boletín Oficial del Estado número 241, de 9 de septiembre de 2020 y por el Real Decreto 662/2023, de 18 de julio, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 171, de 19 de julio de 2023. 

  
Cuantía: 

  

El importe máximo total en la presente convocatoria es de 500.000,00 euros. 


Plazo de presentación de solicitudes: 

  

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 40 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado». 

  


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/ 680111) 


BDNS(
Identif.):680111