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Estado de situación de los debates para la implementación de la reforma de la PAC 2015 en España

Como se recordará, la Conferencia Sectorial de los días 20 y 21 de enero de 2014 acordó las principales reglas para la aplicación de la Reforma de la PAC en España, aportando mayor concreción a las decisiones políticas acordadas en la anterior Conferencia Sectorial de julio del año pasado, tras el Acuerdo Político alcanzado en junio de 2013 en la UE.

 

En la Conferencia Sectorial se decidieron aspectos importantes en cuento a la figura del agricultor activo (Regla del 80 – 20, alta en el REGA, actividad agraria, clausula de elusión, mínimo para percibir, etc.), modelo de regionalización o pagos acoplados dentro del 1er Pilar, y en materia de Desarrollo Rural, las dotaciones atribuidas a las CC.AA. así como la participación de la Administración General del Estado en la financiación de los Programas (Un 30% del gasto nacional). Otros temas, modalidades para los jóvenes, pequeños productores, etc, quedan para futuras reuniones de desarrollo normativo y elaboración de los Reales Decretos.

 

En paralelo, en la UE se han estado discutiendo los llamados Reglamentos de ejecución o actos delegados, que desarrollan los acuerdos políticos plasmados en los reglamentos de base publicados en diciembre de 2013.

 

En un primer momento, los Estados miembro y el PE se quejaron de que la Comisión intentaba a través de este trámite imponer los criterios que no pudo imponer en el desarrollo del procedimiento ordinario o de codecisión. Esto provocó una carta de numerosos países a Barroso quejándose de la situación. Aparentemente causó el efecto deseado y la Comisión ha acatado su papel de legislar sobre lo aprobado a nivel político sin modificar el contenido de lo adoptado por los ministros y PE.

 

Como consecuencia de ello, se han presentado ya 10 “actos delegados  sobre aspectos importantes de la negociación y de interés para España, como las exigencias complementarias para definir “agricultor activo”, que permitirían al Ministerio presentar su propuesta 80-20, sistemas de gestión y control, así como programas de apoyo para sectores, el pago suplementario para los jóvenes agricultores miembros de una sociedad o la compatibilidad entre medidas del greening y medioambientales. Se pueden descargar en la pagina web de la Comision Europea, en el enlace:  http://ec.europa.eu/agriculture/cap-post-2013/implementation/index_en.htm

 

Estos actos delegados están todavía sujetos a aprobación por parte del Consejo y del PE. So bien el Consejo ha mostrado su conformidad y valorado la flexibilidad que la Comisión ha mostrado a en la últimas fase de las negociaciones sobre actos delegados, la aprobación del Pleno del Parlamento Europeo no está garantizada, ya que aunque necesitan mayoría absoluta (639 votos en contra) para rechazar en bloque los actos delegados presentados por la Comisión, lo que se presenta como difícil, la Comisión de Agricultura del PE (COMAGRI) ya está preparando resoluciones en contra de estos actos para su votación el 7 de abril, preparatoria de la Plenaria de la semana siguiente, y ya en “capilla” ante las elecciones para la nueva Euro-cámara el día 25 de mayo.

 

A nivel interno, y a pesar de que desde la anterior Conferencia Sectorial no se han adoptado medidas políticas de relevancia, la actividad ha sido bastante intensa, sucediéndose las reuniones informativas, las mesas de negociación y la publicación de distintas circulares en materias especialmente de “cesión de derechos en 2014 y sus consecuencias en las solicitudes de asignación de 2015”.

 

Aunque, en teoría, esto solo debería afectar a un porcentaje menor de agricultores y ganaderos que decidieran realizar este tipo de cesiones, más allá de las situaciones clásicas de herencias, fusiones o escisiones, es indudable que la casuística presentada ha generado expectación y muchas consultas en las oficinas de ASAJA.

 

Por tanto, es importante recordar que para que un beneficiario pueda recibir una asignación de Derechos de Pago Básico en 2015, debe cumplir tres requisitos:

 

1.     En 2013 debe haber cobrado algún tipo de ayuda directa o haber recibido derechos de pago único de la reserva nacional en 2014.

2.     Debe cumplir con el requisito de ser agricultor activo.

3.     Debe presentar una solicitud de ayuda con hectáreas admisibles en 2015.

 

Además, es necesario tener en cuenta que el número máximo de derechos que podrán asignarse a un beneficiario será igual al número de hectáreas con derechos a ayuda que tenía en 2013 o, si la cifra es menor, al número de hectáreas admisibles que declare en 2015.

 

El derecho derivado de haber cobrado algún tipo de ayuda directa en 2013 se puede transmitir con efectos en la asignación de pago básico de 2015, en el caso de cesiones con tierras. Basta con que el vendedor/arrendador hubiera recibido algún pago directo PAC 2013 y que el comprador/arrendatario reúna el resto de condiciones. Esta cesión sera efectiva para las hectareas (cupo superficie 2013) que se correspondan con los derechos cedidos y no sobre el total de hectareas transferidas si estas fueran superiores a los derechos ni supone llave de acceso a superficies no admisibles del cesionario.

 

En el caso de cesiones de derechos de pago único sin tierras, el derecho derivado de haber recibido algún tipo de ayuda directa en 2013 no puede transmitirse. Si el comprador/arrendatario no estaba en el sistema solo percibirá el derecho a pago en 2014 y no tendrá efectos más adelante. Si estaba en el sistema, podrá incrementar el valor de sus derechos, pero podría entenderse como condiciones artificiales.

 

Las cesiones a partir del 16 de mayo de 2014, deberán notificarse antes del 15 de mayo de 2015 y tanto cedente como cesionario deberán reunir las condiciones de “agricultor activo” de acuerdo con lo acordado en Conferencia Sectorial y que será publicado en su correspondiente Real Decreto.

 

La Clausula de elusión se establece para apartar del sistema a aquel solicitante que provoque condiciones artificiales para percibir el pago (Incremento desmesurado del Valor Unitario de los Derechos, por ejemplo.

 

CALENDARIO PROXIMO

 

Antes del verano se redactará la normativa nacional con los detalles para la primera asignación de derechos y la Reserva Nacional, criterios de definición de agricultor activo y actividad agraria, regionalización y modalidades de aplicación de las ayudas acopladas. También se remitirá a las Comunidades Autónomas y OPAs las propuestas de normativa nacional en cuanto a condicionalidad, funcionamiento del SIGPAC y medidas de Desarrollo Rural. Se estima que en las próximas semanas empezaremos a disponer de los Borradores para su adopción antes del verano y publicación en octubre o noviembre.

 

En principio, y si no hay bloqueo por parte del Parlamento Europeo en materia de actos delegados, el Ministerio considera que hay tiempo para preparar las redacciones y consultas en detalle. Estimamos que el grueso de los papeles, incluyendo la regionalización (por estratos de intensidad de ayudas) y las comarcas que lo componen, y las convergencias que habrán de tener lugar en el interior de la región, se conocerán a finales de mayo (tras las europeas?), si bien las Comunidades Autónomas disponen ya de información (provisional y sometida a modificaciones)de cada una de ellas.

 

 

 

Reunión Informativa 19 de marzo

En la reunión informativa mantenida con el FEGA y la DGPMA el día 19 de marzo, se pusieron, además de lo anteriormente citado, algunos temas encima de la mesa. En cuanto a las cesiones de derechos en 2014 y sus implicaciones en las solicitudes 2015, que se puede  ver en la página web del FEGA ( http://www.fega.es/PwfGcp/es/documentos/?docUris=tcm:5-44175 ), el Magrama reitera que para el grueso de agricultores y ganaderos que no tengan intención de hacer ningún cambio en la explotación o para los cambios que sean lógicos, naturales y no respondan a motivaciones distintas a las razonables dentro de la lógica productiva, no habrá ningún problema y que en cualquier caso la idea predominante es mantener la neutralidad entre número de hectáreas y derechos, por lo que la “clausula de elusión” será de aplicación para los casos en los que se observe, por ejemplo,  un incremento  desmesurado de los valores unitarios como consecuencia de una reducción de las superficies sin justificación. No obstante, no se avanzó ninguna cifra o porcentaje que se podría utilizar para calificar de desmesurado un incremento.

 

En materia de agricultor activo y actividad agraria, se mantienen en el principio de que se exigirá al solicitante de Pagos 2015 sobre superficies de pastos estar inscrito en el REGA en 2013 y con carga ganadera mínima de 0.20 UGM por hectárea forrajera asociada. No obstante, el Magrama parece dispuesto a estudiar de forma individualizada los casos en los que el solicitante sea nuevo en el sistema, o se haga ganadero con posterioridad a 2014, siempre que se den pruebas suficientes de su voluntad de continuar en el sistema como ganadero.

 

En relación con la justificación de agricultor activo y la regla 80-20 (Pagos Directos PAC-Mercado) y la problemática de los jóvenes y los que se incorporan, que no pueden demostrar en el año de referencia 2014 sus volúmenes de ingresos, se adaptan las normas relativas a las ayudas del 2º Pilar, pudiendo demostrar su condición en el plazo de 18 meses desde el comienzo de la actividad.

 

Por otra parte, los pagos que no sean Ayudas Directas del Primer Pilar (como, por ejemplo, las agroambientales) serán consideradas como ingresos agrarios (es decir dentro de los ingresos que forman parte del 20% mínimo procedente de otra actividad que no sea la percepción pura de pagos PAC).

 

En cuanto a las orientaciones productivas, se tendrán en consideración las orientaciones que dieron origen a los pagos que se efectuaron en 2013 y estas serán las que conformen el estrato donde se situará la región en 2015, independientemente del uso de la tierra que se este dando en el año de presentación de solicitudes para la nueva PAC. Esta es la regla general y aparentemente solo en casos muy excepcionales se podrán tener en cuenta las variaciones productiva habidas.

 

En teoría, España debe comunicar su Plan de Regionalización antes de agosto de 2014. Pero serán las superficies que conformen las distintas regiones las que condicionen los importes finales de cobro de las ayudas directas (2015)

 

El MAGRAMA (DGPMA y FEGA esencialmente) se está reuniendo periódicamente con las CC.AA y con OPAs para tratar o informar de estos temas.